Núm. de operación de los textos de trabajo o textos estándar y tiempos guía | |||||
Gama | Núm. de operación | Texto de trabajo | Tiempo | Núm. de abono | Código |
N | 02 8048 | Comprobar y, si es necesario, corregir el límite de velocidad máxima | 99 931 70 | COC-NCV3 | |
| Comprobar | ||
1 | Comprobar si se ha efectuado una homologación individualizada adicional | Detectable por la existencia de otra placa de modelo (rótulo adhesivo) en la caja del asiento del conductor. | |
Si existe otra placa de modelo (el vehículo recibió una homologación individualizada adicional): | |||
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finalizar la medida. | |||
Si no existe otra placa de modelo (el vehículo no ha recibido/recibió una homologación individualizada adicional): | |||
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Continuar con la operación de trabajo 2. | |||
Tramitación | |||
2 | Informar previamente al cliente de los trabajos a realizar (limitación de la velocidad máxima) | La velocidad máxima autorizada del vehículo debe limitarse a 90 km/h. | |
Si el cliente decide no llevar el vehículo al taller: | |||
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Respuesta informal a MPC/GV indicando que el cliente rechaza la modificación del vehículo y la modificación de la documentación. | |||
Información de MPC/GV a la Jefatura de Tráfico, en el marco obligatorio específico del país, del estado de construcción y documentación inadmisible del vehículo por deseo del cliente. | |||
3 | Pedir el software de limitación de la velocidad a 90 km/h | ||
| Información para el servicio postventa: Equipamientos a posteriori | ||
Realizar la limitación | |||
4 | Conectar el sistema de diagnóstico | ||
5 | Conservación de la tensión de la red de a bordo al efectuar trabajos de comprobación y diagnóstico en el vehículo | | |
6 | Realizar la codificación SCN en la unidad de control del sistema de inyección diésel | ||
7 | Desconectar el sistema de diagnóstico | ||
8 | Desempalmar el aparato de carga |
Documentos referenciados
- si0000s0015a Información para el servicio postventa: equipamientos a posteriori basados en software