1 | Estrangulador de aceite |
2 | Tamiz filtrante |
3 | Tubería de aceite |
P28.55-2016-03
Le informamos del hecho de que al reemplazar el cambio 722.96/97 debe tenerse en cuenta la existencia del estrangulador de aceite (1) con tamiz (2) en la tubería de aceite (3). Si no es éste el caso, ya no recibe una alimentación suficiente de aceite del cambio el engranaje intermedio y origina averías en el cambio incluso en cortos recorridos.
Si se presenta un caso de garantía y de prestación de cortesía en el cual la avería consiste en la inexistencia del estrangulador de aceite (1) con tamiz (2) en la tubería de aceite (3), se rechazará la solicitud de garantía y prestación de cortesía.