GF82.95-P-2001PM | Autorización - Funcionamiento | 4.12.03 |
MODELO 203.0 /2 /7
con CODIGO (359) Sistema de llamada de emergencia TELE AID
hasta año construcción 8
Un requisito previo para el uso de los servicios es un módulo de comunicación de la unidad de control del sistema de llamada de emergencia (N123/4) que haya sido autorizado para el servicio correspondiente. Es decir, el módulo de comunicación de la unidad de control del sistema de llamada de emergencia (N123/4) debe haber sido configurado por el fabricante con el número de teléfono del respectivo proveedor de servicios. El usuario debe ejecutar el segundo paso y obtener la autorización correspondiente a través de este número de teléfono en el Centro de Servicio Postventa. Una parte de la autorización también se concede desde fábrica.
Los servicios de telemática se activan accionando la respectiva tecla del grupo de pulsadores para "MB-Info" y servicio de asistencia en carretera (S93/6) o, en caso de llamada de emergencia manual, accionando el interruptor pulsador SOS (S93/3) en la unidad de mando del techo (N70). Después de la activación, la unidad de control del sistema de llamada de emergencia (N123/4) envía un mensaje de texto (SMS) al Centro de Servicio Postventa. Paralelamente al envío del mensaje de texto (SMS) se establece una comunicación vocal con el Centro de Servicio Postventa.
La activación de una llamada de emergencia sin motivo alguno es un hecho delictivo.
Documentos referenciados
- gf8295p4100pmu Unidad de control TELE AID - Disposición / tarea / estructura / función